Estimados alumnos/as:
Como ya es conocido, la disposición derogatoria única de la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, termina con el reconocimiento de determinados títulos propios, entre los que se encuentra el título de Graduado en Seguridad y Ciencias Policiales de la UMH, a los efectos de la –hasta ahora vigente- Orden de 19 de noviembre de 1996. Como también sabréis la citada disposición derogatoria deja claro que los efectos seguirán siendo totalmente válidos para todos aquellos alumnos que hayan iniciado los estudios antes de su publicación. Así, todos aquellos alumnos que os preinscribisteis con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición y que por tanto hayáis recibido el correo con el acceso a las asignaturas del primer cuatrimestre, habéis comenzado el curso. En este sentido, como viene siendo habitual, durante estos meses y la época estival, podréis desarrollar la primera fase formativa que se centra preferentemente en la utilización y funcionamiento de la plataforma virtual. Para esto último, también tenéis acceso a la asignatura “Introducción al Campus Virtual Crímina“, en la que podréis encontrar todo lo relativo a esas cuestiones. Del mismo modo, para solventar todas las dudas que os pudieran surgir, podéis acudir al correo electrónico z.esteve@crimina.es, si se trata de cuestiones relacionadas con la docencia, o al serviciotecnico@crimina.es si se refiere a preguntas de tipo técnico. Os recomendamos, por lo tanto, que dominéis el entorno virtual antes de la reanudación docente, después del “parón” veraniego”.
En cuanto a los alumnos que hayan realizado la preinscripción después del día 1 de mayo, y lamentándolo mucho, los efectos de la Orden del 96, por imperativo legal, ya no les alcanzan. Esto no significa que el título no tenga valor, puesto que, en caso de querer realizar los estudios, certificaríamos una formación de título propio universitario de 180 créditos (1.800 horas), a los efectos de méritos formativos profesionales que pudieran corresponder. Pero aquellos que no se preinscribieron antes del 1 de mayo no podrán realizar el título con los efectos que otorgaba la Orden de 1996.
Excepcional, sin embargo, es el caso de los componentes de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, a los que les es de aplicación lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 6/99 de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana (añadida por Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat), que hace que el SECIP siga siendo equivalente en valor a lo establecido en la orden de 19 de diciembre de 1996, puesto que dice textualmente: “En el exclusivo ámbito de aplicación de esta Ley, la obtención del título universitario propio en Seguridad Pública y Ciencias Policiales, en cualquiera de las universidades de la Comunidad Valenciana, o de cualesquiera de España que ofrezcan idéntica formación, tendrá los siguientes efectos: será considerado título bastante, a los efectos del acceso o promoción interna a aquellas escalas de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana en las que se requiera como mínimo, una titulación de Grupo B.”
Esperamos que esta información sea de vuestro interés y que aclare las dudas. Un saludo afectuoso.
Francisco Bernabeu Ayela. Coordinador del SECIP